Aborto:
expulsión del producto en gestación, de menos de 22 semanas de embarazo
de la madre, también se considera aborto cuando su peso es menor a 500
gramos.
Alimentación materna exclusiva:
es aquella proporcionada al bebé únicamente con leche materna, sin la
adición de otros líquidos o alimentos, evitando el uso de chupones y
biberones. También se le conoce como lactancia materna exclusiva.
Alojamiento conjunto:
la ubicación del recién nacido y su madre en la misma habitación,
favoreciendo el contacto anticipado y permanente, fomentando con ello
la lactancia materna exclusiva.
Alumbramiento o nacimiento de la placenta:
la expulsión o extracción de la placenta, membranas y cordón umbilical,
esto ocurre como máximo 30 minutos después del nacimiento del bebé.
Arranque parejo en la vida:
estrategia que garantiza una atención prenatal adecuada, un nacimiento
con el mínimo de riesgos y una vigilancia estrecha del crecimiento y
desarrollo de las niñas y niños de nuestro país, desde antes de su
nacimiento hasta los dos años de vida.
Atención médica: Conjunto de servicios que debe ser brindado para promover, proteger y restaurar la salud física y mental de las y los usuarios
Atención prenatal: es la vigilancia de la evolución del embarazo por el personal de salud para la detección y prevención de factores de riesgo.