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BIEN COMÚN

Todas las decisiones y acciones de la y el servidor público deben estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad. El y la servidora pública no deben permitir que influyan en sus juicios y conducta, intereses que puedan perjudicar o beneficiar a personas o grupos en detrimento del bienestar de la sociedad.

El compromiso con el bien común implica que el y la servidora pública estén conscientes de que el servicio público es un patrimonio que pertenece a todos los mexicanos/as y que representa una misión que sólo adquiere legitimidad cuando busca satisfacer las demandas sociales y no cuando se persiguen beneficios individuales.

 

INTEGRIDAD

La y el servidor público deben actuar con honestidad, atendiendo siempre a la verdad.

Conduciéndose de esta manera, los/as servidores/as públicas fomentarán la credibilidad de la sociedad en las instituciones públicas y contribuirán a generar una cultura de confianza y de apego a la verdad.


HONRADEZ

El y la servidora pública no deberán utilizar su cargo público para obtener algún provecho o ventaja personal o a favor de terceros.

Tampoco deberá buscar o aceptar compensaciones o prestaciones de cualquier persona u organización que puedan comprometer su desempeño como servidor o servidora público/a.

 

IMPARCIALIDAD

El y la servidora pública actuará sin conceder preferencias o privilegios indebidos a organización o persona alguna.

Su compromiso es tomar decisiones y ejercer sus funciones de manera objetiva, sin prejuicios personales y sin permitir la influencia indebida de otras personas.

 

JUSTICIA

El y la servidora pública deben conducirse invariablemente con apego a las normas jurídicas inherentes a la función que desempeña. Respetar el Estado de Derecho es una responsabilidad que, más que nadie, debe asumir y cumplir el y la servidora pública.

Para ello, es su obligación conocer, cumplir y hacer cumplir las disposiciones jurídicas que regulen el ejercicio de sus funciones.

 

TRANSPARENCIA

La y el servidor público deberá permitir y garantizar el acceso a la información gubernamental, sin más límite que el que imponga el interés público y los derechos de privacidad de los particulares establecidos por la Ley.

La transparencia en el servicio público también implica que el y la servidora pública hagan un uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier discrecionalidad indebida en su aplicación.





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Jueves, 21 de Junio de 2012 a las 18:44 por Webmaster CNEGSR
 

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